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Denuncia o reporta prácticas anticompetitivas

Denuncia Prácticas Anticompetitivas

Reporta Prácticas Anticompetitivas

Cualquier persona podrá presentar una denuncia por prácticas monopólicas absolutas, prácticas monopólicas relativas o concentraciones ilícitas, ante la Autoridad Investigadora, estas no podrán ser anónimas.

El escrito de denuncia debe cumplir con todos los requisitos previstos en el artículo 68 de la LFCE para ser admitida.

La presentación de una denuncia puede realizarse de manera electrónica a través del correo electrónico denuncias@cofece.mx o en la Oficialía de Partes Electrónica, así como en físico en la Oficialía de Partes de la Comisión.

Para más información respecto a cómo presentar una denuncia selecciona aquí.

Cualquier persona puede reportar ante la COFECE y de manera anónima (si así lo desea), segura y confidencial, hechos de los que tenga conocimiento y considere que constituyen alguna de las siguientes prácticas anticompetitivas.

Los reportes, a diferencia de las denuncias, no tienen que cumplir con ningún requisito específico para su presentación.

La presentación de este reporte es electrónica y no genera ninguna actuación formal por parte de la Autoridad Investigadora. Sin embargo, si la información proporcionada aporta elementos que indiquen la realización de conductas contrarias a la LFCE, la Autoridad Investigadora podrá iniciar una investigación de oficio.

Presenta tu reporte aquí.

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Cualquier persona podrá presentar una denuncia por prácticas monopólicas absolutas, prácticas monopólicas relativas o concentraciones ilícitas, ante la Autoridad Investigadora, estas no podrán ser anónimas.

El escrito de denuncia debe cumplir con todos los requisitos previstos en el artículo 68 de la LFCE para ser admitida.

La presentación de una denuncia puede realizarse de manera electrónica a través del correo electrónico denuncias@cofece.mx o en la Oficialía de Partes Electrónica, así como en físico en la Oficialía de Partes de la Comisión.

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Los reportes, a diferencia de las denuncias, no tienen que cumplir con ningún requisito específico para su presentación.

La presentación de este reporte es electrónica y no genera ninguna actuación formal por parte de la Autoridad Investigadora. Sin embargo, si la información proporcionada aporta elementos que indiquen la realización de conductas contrarias a la LFCE, la Autoridad Investigadora podrá iniciar una investigación de oficio.

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