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Licitaciones, Concesiones y Permisos

Solicitudes de Opinión

La COFECE, de conformidad con los artículos 12, fracción XIX, 98 y 99 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), así como 111 de sus disposiciones, tiene la atribución de opinar sobre la incorporación de medidas protectoras y promotoras en materia de libre concurrencia y competencia económica en los procesos de desincorporación de entidades y activos públicos, así como en los procedimientos de licitaciones, asignación, concesiones, permisos, licencias o figuras análogas que realicen las Autoridades Públicas, conforme a la legislación sectorial o el Ejecutivo Federal mediante acuerdos o decretos.

Información que deben presentar los agentes económicos para la solicitud de opinión

El artículo 112 de las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica establece los elementos mínimos que debe proporcionar un agente económico cuando presente una solicitud de opinión en términos del artículo 98 de la LFCE, la cual, es necesaria para que la Comisión realice el análisis respectivo, por ejemplo:*

  • Copia simple de las escrituras constitutivas y, en su caso, de las últimas reformas a los estatutos sociales del solicitante, así como de cada uno de los Agentes Económicos que integren un grupo participante en una licitación o concurso.
  • Descripción de la estructura del capital social del Agente Económico solicitante y, en su caso, de cada uno de los Agentes Económicos que integren un grupo participante en una licitación o concurso, señalando si son sociedades mexicanas o extranjeras, e identificando la participación de cada socio o accionista directo e indirecto, y de las personas que tienen el control.
  • Información que le permita a la Comisión determinar el mercado relevante, mercados relacionados y poder sustancial de mercado, en términos de la Ley y las Disposiciones Regulatorias.
  • Descripción de las actividades que realicen las personas o los Agentes Económicos, así como de las concesiones y permisos de los que sean titulares, que guarden relación con la actividad de la solicitud.
  • Descripción de la participación en el capital social de las personas y los Agentes Económicos, en otras sociedades, así como el objeto social, las actividades que éstas realizan y las concesiones y permisos otorgados por el gobierno federal de los que sean titulares, que guarden relación con la actividad de la solicitud.
  • Información requerida en el instructivo que publique la Comisión en su sitio de Internet y que pondrá a disposición en la oficialía de partes de la Comisión.

*La presente nota no debe entenderse como una interpretación oficial de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) respecto de la Ley Federal de Competencia Económica, ni podrá ser utilizada para vincular a la COFECE por motivo alguno. La COFECE invoca su facultad para aplicar las disposiciones normativas en materia de competencia económica sin miramiento al presente documento.