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Recomienda COFECE modificaciones a Ley de Puertos para promover la competencia en los servicios de maniobra

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La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) envió a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y al Congreso de la Unión una opinión (OPN-008-2019) con recomendaciones para incorporar a la Ley de Puertos medidas para favorecer la competencia y libre concurrencia en la prestación de los servicios de maniobra portuarios.

La Comisión encontró que en varios puertos del país se presentan problemas de competencia como: exclusividades y ventajas para ciertos maniobristas, asignaciones directas de contratos de servicios de maniobras, dilación en licitaciones para dar entrada a nuevos participantes, existencia de oferentes únicos de servicios de maniobras para cierto tipo de carga en algunos puertos, así como la falta de regulación tarifaria cuando en un puerto solo hay un proveedor de un servicio de maniobra especializada.

Por ello, la COFECE recomienda adecuaciones a la Ley de Puertos, como limitar el otorgamiento de exclusividades y evitar ventajas a ciertos operadores, tanto en las bases de los concursos de licitación como en los contratos de cesión que firman los maniobristas con las administradoras portuarias, así como aclarar lo necesario para que la SCT pueda regular tarifas cuando solo exista un proveedor de servicios de maniobra para un tipo de carga en algún puerto.

Garantizar la competencia y libre concurrencia en este sector es relevante, ya que los puertos son nodos logísticos donde convergen el transporte marítimo con el ferroviario y el carretero para conectar a los puntos de importación de insumos y bienes con los puntos de producción y consumo del territorio nacional.

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ANÁLISIS REGULATORIO

COFECE y Conamer proponen cambios a normativas locales de autotransporte de carga que impiden la competencia

Para promover marcos normativos en favor de la competencia en el sector de transporte de carga a nivel estatal, la COFECE y el Consejo Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) presentaron el documento Propuestas de Agenda Regulatoria Subnacional para el Autotransporte de Carga. En este análisis se identifican normas estatales que restringen la competencia y libre concurrencia en este sector. Algunas de ellas son:

  1. 26 entidades del país exigen a los transportistas una concesión local para permitirles operar en su territorio como requisito adicional al permiso federal para el autotransporte de carga;
  2. 25 estados requieren declaratorias de necesidad para expedir nuevas concesiones o permisos, lo que limita la entrada de más unidades de transporte y reduce la presión competitiva;
  3. 24 normativas locales prevén conciliaciones para mediar en “casos de competencia desleal o ruinosa”, lo que favorece la colusión en precios y/o la segmentación de mercado entre los participantes del servicio;
  4. 15 marcos legales establecen regulación de tarifas, a pesar de que la normativa federal señala que estas son libres;
  5. 10 normas estatales obligan a los transportistas a obtener permisos por zonas o por municipios. En algunos casos deben tramitar uno en cada localidad donde pretendan operar y en otros estos limitan la prestación del servicio a una zona específica del estado.
  6. 9 entidades permiten que los transportistas que ya operan en su territorio opinen sobre el otorgamiento de permisos a nuevos entrantes, lo que genera conflicto de interés e incentivos para no aceptar la participación de otros competidores.

El impacto de este tipo de obstáculos a la competencia fue señalado por la COFECE, por ejemplo, en el expediente por barreras a la competencia en el mercado del autotransporte de carga de Sinaloa, resuelto en 2017, en el que encontró que, a causa de restricciones de este tipo, en 13 de los 18 municipios solo un transportista traslada materiales para la construcción. Asimismo, a los usuarios del servicio de transporte del estado les resulta más barato mover sus mercancías para la exportación desde los puertos de otros estados, como Guaymas, que desde los puertos de Topolobampo y Mazatlán.

La COFECE propone convertir este documento en una directriz para que el Consejo Nacional de Mejora Regulatoria, a través de la creación de un grupo de trabajo, analice estos problemas y lograr las modificaciones regulatorias necesarias para hacer del autotransporte de carga un sector eficiente y competitivo.

El servicio de transporte de carga juega un papel relevante en el funcionamiento de la economía. Permite el traslado de bienes y mercancías a lo largo y ancho del país, integrando varios sectores de la economía y servicios. De acuerdo con el INEGI1, el transporte de carga empleó a más de 214 mil personas y representó 3.1% del Producto Interno Bruto (PIB) del país, en 2017.


1.- COFECE-COFEMER (2019) Importancia de que la regulación no obstaculice la competencia en el autotransporte de carga. En Propuestas de Agenda Regulatoria Subnacional para Autotransporte de Carga. Pp.15
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Para promover marcos normativos en favor de la competencia en el sector de transporte de carga a nivel estatal, la COFECE y el Consejo Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) presentaron el documento Propuestas de Agenda Regulatoria Subnacional para el Autotransporte de Carga. En este análisis se identifican normas estatales que restringen la competencia y libre concurrencia en este sector. Algunas de ellas son:

  1. 26 entidades del país exigen a los transportistas una concesión local para permitirles operar en su territorio como requisito adicional al permiso federal para el autotransporte de carga;
  2. 25 estados requieren declaratorias de necesidad para expedir nuevas concesiones o permisos, lo que limita la entrada de más unidades de transporte y reduce la presión competitiva;
  3. 24 normativas locales prevén conciliaciones para mediar en “casos de competencia desleal o ruinosa”, lo que favorece la colusión en precios y/o la segmentación de mercado entre los participantes del servicio;
  4. 15 marcos legales establecen regulación de tarifas, a pesar de que la normativa federal señala que estas son libres;
  5. 10 normas estatales obligan a los transportistas a obtener permisos por zonas o por municipios. En algunos casos deben tramitar uno en cada localidad donde pretendan operar y en otros estos limitan la prestación del servicio a una zona específica del estado.
  6. 9 entidades permiten que los transportistas que ya operan en su territorio opinen sobre el otorgamiento de permisos a nuevos entrantes, lo que genera conflicto de interés e incentivos para no aceptar la participación de otros competidores.

El impacto de este tipo de obstáculos a la competencia fue señalado por la COFECE, por ejemplo, en el expediente por barreras a la competencia en el mercado del autotransporte de carga de Sinaloa, resuelto en 2017, en el que encontró que, a causa de restricciones de este tipo, en 13 de los 18 municipios solo un transportista traslada materiales para la construcción. Asimismo, a los usuarios del servicio de transporte del estado les resulta más barato mover sus mercancías para la exportación desde los puertos de otros estados, como Guaymas, que desde los puertos de Topolobampo y Mazatlán.

La COFECE propone convertir este documento en una directriz para que el Consejo Nacional de Mejora Regulatoria, a través de la creación de un grupo de trabajo, analice estos problemas y lograr las modificaciones regulatorias necesarias para hacer del autotransporte de carga un sector eficiente y competitivo.

El servicio de transporte de carga juega un papel relevante en el funcionamiento de la economía. Permite el traslado de bienes y mercancías a lo largo y ancho del país, integrando varios sectores de la economía y servicios. De acuerdo con el INEGI1, el transporte de carga empleó a más de 214 mil personas y representó 3.1% del Producto Interno Bruto (PIB) del país, en 2017.


1.- COFECE-COFEMER (2019) Importancia de que la regulación no obstaculice la competencia en el autotransporte de carga. En Propuestas de Agenda Regulatoria Subnacional para Autotransporte de Carga. Pp.15
PRÁCTICAS MONOPÓLICAS

Se cierra investigación por posible colusión en el mercado de medidores de luz, COFECE recomienda a CFE abrir sus licitaciones a proveedores internacionales

El Pleno de la Comisión resolvió decretar el cierre de la investigación (DE-023-2017) por la posible realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de la producción, distribución y/o comercialización de watthorímetros –conocidos como medidores de luz– adquiridos por la Comisión Federal de Electricidad (CFE), debido a que no encontró elementos para determinar la realización de dichas conductas.

La COFECE encontró que las empresas en investigación, Comercializadora IUSA Medidores (IUSA) y Controles y Medidores Especializados (Conymed), entre otras, no son competidoras entre sí, sino que forman parte de un mismo Grupo de Interés Económico (GIE o Grupo). Si bien el Poder Judicial de la Federación estableció la posibilidad de investigar a empresas de un mismo Grupo cuando se ostenten como competidores en una licitación, en este caso, durante el periodo investigado, no se advirtió que las empresas presentaran ofertas simultáneas, simulando competencia, por una misma partida de contratación pública de la CFE.

No obstante, el resultado de la investigación, la Comisión considera oportuno resaltar que el diseño de una licitación puede afectar su resultado. Por ejemplo, entre 2009 y 2018, en 16 concursos públicos de la CFE para comprar medidores, las empresas del GIE ganaron todas las partidas licitadas, menos una. Es posible que los documentos de licitación pudieron ser favorables hacia el Grupo, por ejemplo, en algunos casos se pidieron especificaciones de watthorímetros que resultaron compatibles o prácticamente idénticas a las patentadas por el Grupo. Por el contrario, en la licitación de 2019 se modificaron los documentos del concurso de compra pública en varios aspectos y el resultado fue la entrada de dos nuevos proveedores al mercado y un ahorro de 18% en el precio promedio respecto a los de 2018.

Hacia adelante, para que la CFE obtenga mejores condiciones en el abasto de medidores, la COFECE recomendó que abra sus licitaciones a la participación de empresas internacionales

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El Pleno de la Comisión resolvió decretar el cierre de la investigación (DE-023-2017) por la posible realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de la producción, distribución y/o comercialización de watthorímetros –conocidos como medidores de luz– adquiridos por la Comisión Federal de Electricidad (CFE), debido a que no encontró elementos para determinar la realización de dichas conductas.

La COFECE encontró que las empresas en investigación, Comercializadora IUSA Medidores (IUSA) y Controles y Medidores Especializados (Conymed), entre otras, no son competidoras entre sí, sino que forman parte de un mismo Grupo de Interés Económico (GIE o Grupo). Si bien el Poder Judicial de la Federación estableció la posibilidad de investigar a empresas de un mismo Grupo cuando se ostenten como competidores en una licitación, en este caso, durante el periodo investigado, no se advirtió que las empresas presentaran ofertas simultáneas, simulando competencia, por una misma partida de contratación pública de la CFE.

No obstante, el resultado de la investigación, la Comisión considera oportuno resaltar que el diseño de una licitación puede afectar su resultado. Por ejemplo, entre 2009 y 2018, en 16 concursos públicos de la CFE para comprar medidores, las empresas del GIE ganaron todas las partidas licitadas, menos una. Es posible que los documentos de licitación pudieron ser favorables hacia el Grupo, por ejemplo, en algunos casos se pidieron especificaciones de watthorímetros que resultaron compatibles o prácticamente idénticas a las patentadas por el Grupo. Por el contrario, en la licitación de 2019 se modificaron los documentos del concurso de compra pública en varios aspectos y el resultado fue la entrada de dos nuevos proveedores al mercado y un ahorro de 18% en el precio promedio respecto a los de 2018.

Hacia adelante, para que la CFE obtenga mejores condiciones en el abasto de medidores, la COFECE recomendó que abra sus licitaciones a la participación de empresas internacionales

PROMOCIÓN A LA COMPETENCIA

Celebra COFECE foro internacional en colaboración con ICN sobre retos de competencia en los mercados digitales

La cooperación internacional a través de la International Competition Network 2 (ICN, por sus siglas en inglés o Red Internacional de Competencia) es más relevante que nunca, considerando que en el mundo los mercados están enfrentado una transformación acelerada que deriva de la creciente digitalización de las actividades humanas, comerciales y económicas. Este cambio representa nuevos desafíos en los análisis que realizan las autoridades de competencia, expuso Alejandra Palacios Prieto, Comisionada Presidenta de la COFECE, al inaugurar el Unilateral Conduct Workshop 2019, que organizó la Comisión en conjunto con la Red.

En este encuentro, celebrado el 14 y 15 de noviembre en la Ciudad de México, funcionarios de la Comisión se reunieron con autoridades de competencia de 32 países, entre ellos Italia, Estados Unidos y de la Unión Europea, quienes expusieron sus experiencias recientes en el análisis de los mercados de la economía digital.


2.- La Red Internacional de Competencia agrupa a más de 130 agencias de competencia y especialistas mediante la cual dialogan e intercambian experiencia sobre problemas comunes en materia.
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La cooperación internacional a través de la International Competition Network 2 (ICN, por sus siglas en inglés o Red Internacional de Competencia) es más relevante que nunca, considerando que en el mundo los mercados están enfrentado una transformación acelerada que deriva de la creciente digitalización de las actividades humanas, comerciales y económicas. Este cambio representa nuevos desafíos en los análisis que realizan las autoridades de competencia, expuso Alejandra Palacios Prieto, Comisionada Presidenta de la COFECE, al inaugurar el Unilateral Conduct Workshop 2019, que organizó la Comisión en conjunto con la Red.

En este encuentro, celebrado el 14 y 15 de noviembre en la Ciudad de México, funcionarios de la Comisión se reunieron con autoridades de competencia de 32 países, entre ellos Italia, Estados Unidos y de la Unión Europea, quienes expusieron sus experiencias recientes en el análisis de los mercados de la economía digital.


2.- La Red Internacional de Competencia agrupa a más de 130 agencias de competencia y especialistas mediante la cual dialogan e intercambian experiencia sobre problemas comunes en materia.

Entrega COFECE los Premios de ensayo 2019 a alumnos de la UNAM, ITESM y el ITAM

La Comisión entregó los reconocimientos a los estudiantes ganadores y menciones honoríficas del Premio COFECE de Ensayo, Tercera Edición. En esta ocasión se recibieron 575 ensayos (más del doble que en la segunda), de alumnos de 127 universidades, lo que pone de manifiesto que la materia de competencia genera interés entre los estudiantes. Los trabajos premiados fueron:

  • Primer lugar: Katia Jazmín Nolasco García y Ana Patricia Pérez Albo, del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), por su ensayo El problema del monopsonio en el mercado laboral mexicano: la política de competencia económica como una herramienta para el combate a la desigualdad.
  • Segundo lugar: Alexandro Celorio González y Jovan Axel Franco Ruiz, del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM), por su ensayo Los programas de cumplimiento en materia de competencia económica.
  • Mención honorífica para Diana Laura Calderón Torres, de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) por el ensayo Competencia geográfica en el suministro de gasolinas y diésel en áreas urbanas pequeñas: elementos para fomentar calidad en el servicio y mejores precios.
  • Mención honorífica para Federico Garza Ramírez y Ricardo Olivares Armas, del ITAM por el ensayo Compartir para competir.
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La Comisión entregó los reconocimientos a los estudiantes ganadores y menciones honoríficas del Premio COFECE de Ensayo, Tercera Edición. En esta ocasión se recibieron 575 ensayos (más del doble que en la segunda), de alumnos de 127 universidades, lo que pone de manifiesto que la materia de competencia genera interés entre los estudiantes. Los trabajos premiados fueron:

  • Primer lugar: Katia Jazmín Nolasco García y Ana Patricia Pérez Albo, del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), por su ensayo El problema del monopsonio en el mercado laboral mexicano: la política de competencia económica como una herramienta para el combate a la desigualdad.
  • Segundo lugar: Alexandro Celorio González y Jovan Axel Franco Ruiz, del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM), por su ensayo Los programas de cumplimiento en materia de competencia económica.
  • Mención honorífica para Diana Laura Calderón Torres, de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) por el ensayo Competencia geográfica en el suministro de gasolinas y diésel en áreas urbanas pequeñas: elementos para fomentar calidad en el servicio y mejores precios.
  • Mención honorífica para Federico Garza Ramírez y Ricardo Olivares Armas, del ITAM por el ensayo Compartir para competir.
DEFENSA ANTE EL PODER JUDICIAL

Tribunal especializado niega amparo al AICM y se mantiene la multa por abuso de poder de mercado en el acceso a taxis en este aeródromo

En septiembre de 2016, el Pleno de la Comisión determinó que el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) cometió una práctica monopólica relativa conocida como discriminación de trato, por lo que le impuso una multa de 63 millones 90 mil pesos. En el expediente (DE-015-2013) de este caso se demostró que el AICM abusó de su poder de mercado en el servicio de acceso a la zona federal y de estacionamiento para la prestación del servicio taxi con origen en el aeropuerto, con el objeto y efecto de impedir la entrada de nuevas agrupaciones para ofrecer el servicio desde este aeródromo, generando ventajas exclusivas para las agrupaciones que ya proporcionaban el servicio.

En su momento, esta resolución, fue impugnada por el AICM ante Poder Judicial de la Federación (PJF), el cual ordenó a la Comisión, en junio de 2018, revisar los elementos mediante los cuales había determinado la sanción económica citada. En cumplimiento a dicha sentencia, la COFECE calculó y justificó nuevamente la multa, por un monto similar al originalmente impuesto.

Sobre esta nueva determinación, el agente económico sancionado pidió al Poder Judicial que revisara la legalidad de la misma. Al respecto, el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones (Primer Tribunal Especializado en Competencia) resolvió, en definitiva, no otorgar el amparo en contra de la resolución del 2018 con lo que queda firme la multa impuesta.

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En septiembre de 2016, el Pleno de la Comisión determinó que el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) cometió una práctica monopólica relativa conocida como discriminación de trato, por lo que le impuso una multa de 63 millones 90 mil pesos. En el expediente (DE-015-2013) de este caso se demostró que el AICM abusó de su poder de mercado en el servicio de acceso a la zona federal y de estacionamiento para la prestación del servicio taxi con origen en el aeropuerto, con el objeto y efecto de impedir la entrada de nuevas agrupaciones para ofrecer el servicio desde este aeródromo, generando ventajas exclusivas para las agrupaciones que ya proporcionaban el servicio.

En su momento, esta resolución, fue impugnada por el AICM ante Poder Judicial de la Federación (PJF), el cual ordenó a la Comisión, en junio de 2018, revisar los elementos mediante los cuales había determinado la sanción económica citada. En cumplimiento a dicha sentencia, la COFECE calculó y justificó nuevamente la multa, por un monto similar al originalmente impuesto.

Sobre esta nueva determinación, el agente económico sancionado pidió al Poder Judicial que revisara la legalidad de la misma. Al respecto, el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones (Primer Tribunal Especializado en Competencia) resolvió, en definitiva, no otorgar el amparo en contra de la resolución del 2018 con lo que queda firme la multa impuesta.


Queda firme multa a persona física por su participación en una colusión en el mercado de las Afores

El Primer Tribunal Especializado en Competencia sobreseyó el procedimiento de amparo interpuesto por una persona física para que se revisará la legalidad de la resolución dictada por el Pleno de la COFECE, expediente IO-003-2015, en la que se acreditó la responsabilidad de varios agentes económicos en la realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de las Afores. De esta forma, quedó firme la multa de un millón 950 mil pesos impuesta a la persona en cuestión.

La Comisión determinó en abril de 2017 que Profuturo GNP Afore, Afore Sura, Afore XXI Banorte y Principal Afore, así como de 11 personas físicas, celebraron acuerdos, contrarios a la LFCE, para limitar los traspasos entre Afores, con ello eliminaron una fuente fundamental de competencia entre estas administradoras.

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El Primer Tribunal Especializado en Competencia sobreseyó el procedimiento de amparo interpuesto por una persona física para que se revisará la legalidad de la resolución dictada por el Pleno de la COFECE, expediente IO-003-2015, en la que se acreditó la responsabilidad de varios agentes económicos en la realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de las Afores. De esta forma, quedó firme la multa de un millón 950 mil pesos impuesta a la persona en cuestión.

La Comisión determinó en abril de 2017 que Profuturo GNP Afore, Afore Sura, Afore XXI Banorte y Principal Afore, así como de 11 personas físicas, celebraron acuerdos, contrarios a la LFCE, para limitar los traspasos entre Afores, con ello eliminaron una fuente fundamental de competencia entre estas administradoras.


Se confirma responsabilidad de Productos Adex en colusión en mercado de condones y sondas

En otro expediente, el Primer Tribunal Especializado en Competencia determinó no otorgar el amparo solicitado por Productos Adex, en este caso contra la resolución en la que se determinó que dicha empresa realizó acuerdos con otros competidores para manipular el mercado de la producción, distribución y comercialización de condones y sondas de látex adquiridos por el sector salud. Con esta resolución del Poder Judicial, queda firme la multa por 6 millones 203 mil pesos que le impuso el Pleno de la Comisión a esta empresa.

La COFECE determinó, en el expediente DE-024-2013, que Dentilab, Productos Galeno, Holiday de México, Trenkes y Productos Adex realizaron convenios, contratos, arreglos o combinaciones de estos para fijar, concertar, elevar o manipular, a través de las investigaciones de mercado, los precios aceptables o máximos de referencia que estableció el IMSS para la adquisición de sondas de látex en diversas licitaciones centralizadas. Además, concertaron y coordinaron la presentación o abstención de posturas en diversas licitaciones públicas a las que convocó el Instituto para la adquisición de condones y sondas.

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En otro expediente, el Primer Tribunal Especializado en Competencia determinó no otorgar el amparo solicitado por Productos Adex, en este caso contra la resolución en la que se determinó que dicha empresa realizó acuerdos con otros competidores para manipular el mercado de la producción, distribución y comercialización de condones y sondas de látex adquiridos por el sector salud. Con esta resolución del Poder Judicial, queda firme la multa por 6 millones 203 mil pesos que le impuso el Pleno de la Comisión a esta empresa.

La COFECE determinó, en el expediente DE-024-2013, que Dentilab, Productos Galeno, Holiday de México, Trenkes y Productos Adex realizaron convenios, contratos, arreglos o combinaciones de estos para fijar, concertar, elevar o manipular, a través de las investigaciones de mercado, los precios aceptables o máximos de referencia que estableció el IMSS para la adquisición de sondas de látex en diversas licitaciones centralizadas. Además, concertaron y coordinaron la presentación o abstención de posturas en diversas licitaciones públicas a las que convocó el Instituto para la adquisición de condones y sondas.

LECTURA RECOMENDADA

Modelo COFECE. Una perspectiva de construcción institucional

En este documento, la Comisión comparte los aprendizajes de sus primeros seis años en materia de fortalecimiento institucional. Para cumplir con su mandato, creó y puso en práctica un modelo de desarrollo institucional basado en cuatro componentes: 1) enfoque estratégico, 2) procedimientos eficientes y certidumbre jurídica, 3) gestión del capital humano y 4) rendición de cuentas y transparencia.

NUMERALIA
NUMERALIA

En noviembre, la Comisión atendió 92 asuntos, de los cuales 46 corresponden a concentraciones, 35 a procedimientos por prácticas monopólicas y concentraciones prohibidas, 4 relacionados con procedimientos especiales3 y son opiniones a procesos de licitaciones, concesiones o permisos.

Denuncias, investigaciones y procedimientos seguidos en forma de juicio

  • Se dio seguimiento a 10 denuncias por conductas anticompetitivas, de las cuales 2 resultaron no procedentes el resto sigue en análisis.
  • Se siguieron 20 procedimientos de investigación, de los cuales 1 concluyó con cierre por inexistencia de elementos.
  • Se llevaron 5 procedimientos seguidos en forma de juicio, que siguen en trámite.
  • En proceso hubo 3 asuntos por barreras a la competencia, todos continúan en trámite.
  • En su segunda etapa se tramita 1 expediente de declaratoria sobre condiciones de competencia.

 Concentraciones

  • Se revisaron 46 concentraciones, de las cuales 13 fueron autorizadas.4
  • El monto de las operaciones autorizadas es de 23 mil 831 millones de pesos.

Juicios de amparo

  • La Comisión se defendió en 226 juicios de amparo indirecto, de los cuales 2 fueron sobreseídos, 4 negados y 2 otorgados.5

3. Investigaciones por barreras a la competencia e insumos esenciales y determinación de condiciones de competencia efectiva.
4.- Algunas de las concentraciones autorizadas fueron: Grupo GEPP / Ganaderos Productores de Leche Pura; Banco Santander / Credit Agricole / Caceis / Cacib;  Mega Gasolineras / Servicio Nftoni / Shell Overseas Investments; Grupo Nutrisa / Olyen Cofee / Progreso Oriente / Administra / Coordinadora  / RC Operadora de Cafeterías / Prestadora de Servicios de Grupo Caffé / Grupo Herdez / Grupo ADO; Autopistas Tapachula / I Cuadra Tapachula FI / Orion IEP / Banco Nacional de México, división fiduciaria / I Cuadrada Coinv F2; Elhe Capital / RPM Tenedora / Grupo TMM / Snekke; Cubo Capital / Factoring Corporativo / Tradd Street Capital; Aviation Capital Group / Pacific Life Aviation Holdings / TC Skyward Aviation / Aviation Capital Group Holdings; Gardner Denver Holdings / Ingersoll-Rand PLC / Ingersoll-Rand US Holdco; Banco Santander México / Santander Merchant Platform Solutions / USB Americas Holdings Company; Realty Projects / Soopfin; Beverage Packaging Holdings I Limited / Canister International Group / Reynolds Group Holdings / Closure Systems International Limited / Closure Systems International Holdings / Grupo CSI de México / CSI en Ensenada/ CSI en Saltillo / CSI Tecniservicios
5.-  Del total de juicios de amparo que atendió la COFECE, 123 corresponden a la materia de competencia.