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Presenta Cofece su Programa Anual de Trabajo 2023

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El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece o Comisión) aprobó el Programa Anual de Trabajo (PAT) 2023 que contiene 14 acciones estratégicas que se llevarán a cabo a lo largo de este año. Cada una de estas acciones contribuirá al logro gradual de los objetivos del Plan Estratégico 2022-2025.

Desde su creación, la Cofece se ha distinguido por ser una institución técnicamente sólida, confiable en su actuación y con enfoque de mejora continua y adaptabilidad a los retos de su entorno. Por tal motivo, la Comisión diseñó el Modelo de Planeación Estratégica Institucional (MOPEI) que le permite priorizar sus actuaciones y orientar la toma de decisiones, de tal modo que su intervención en los mercados sea efectiva, con un uso eficiente y responsable de los recursos asignados. El PAT 2023 y las 14 acciones que lo conforman están alineadas con los objetivos estratégicos de la Cofece de la siguiente manera:

  1. Prevenir y corregir estructuras de mercado que obstaculicen, dañen o impidan la competencia y libre concurrencia:
    • Concluir una investigación en materia de insumos esenciales y barreras a la competencia, o declaratorias de condiciones de competencia.
    • Elaborar un estudio sobre las condiciones de competencia en un mercado específico.
    • Publicar el estudio sobre condiciones de competencia económica en el mercado de servicios financieros digitales.
  2. Combatir y disuadir las prácticas anticompetitivas que afectan los mercados:
    • Concluir dos investigaciones en materia de prácticas monopólicas absolutas.
    • Concluir tres investigaciones en materia de prácticas monopólicas relativas o concentraciones ilícitas.
    • Finalizar cuatro procedimientos seguidos en forma de juicio y los relacionados con los procedimientos especiales.
  3. Promover la aplicación de principios de competencia entre los actores públicos y privados a través de difundir activamente los beneficios de la competencia económica.
    • Elaborar un documento que contenga los resultados de las evaluaciones ex ante de casos resueltos por la Cofece durante 2022.
    • Desarrollar dos seminarios para periodistas.
    • Implementar la estrategia de comunicación social 2023.
    • Organizar un evento por la competencia 2023.
    • Implementar el Programa estudiantil de verano 2023.
    • Impulsar un premio para promover la competencia económica.
    • Desarrollar cuatro programas de pasantías con agencias latinoamericanas.
  4. Consolidar un modelo organizacional robusto y de vanguardia que responda de manera efectiva ante las necesidades y los retos institucionales.
    • Realizar una auditoría externa presupuestal y financiera del ejercicio fiscal 2022.
EMPLAZAMIENTOS

A diversos agentes económicos y personas físicas por posible manipulación de precios en el expendio al público de gasolinas y diésel en territorio nacional

La Cofece emplazó a diversos agentes económicos y personas físicas al encontrar evidencia de una probable colusión para fijar, elevar, concertar o manipular el precio de venta en el mercado de expendio al público de gasolinas y diésel en estaciones de servicio en el territorio nacional.

La investigación tramitada bajo el expediente DE-009-2019, concluyó el 25 de agosto de 2022. Al respecto, la Autoridad Investigadora señaló en su dictamen de probable responsabilidad que tuvo conocimiento de hechos que posiblemente derivaron en la realización de prácticas monopólicas absolutas (PMA) previstas en el artículo 53, fracción I, de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).

Con este emplazamiento inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio a cargo de la Secretaría Técnica de la Comisión, en el que los probables responsables podrán manifestar lo que a su derecho convenga, ofrecer pruebas relacionadas con las presuntas imputaciones hechas en su contra y presentar alegatos. Una vez desahogado el procedimiento, el Pleno de la Cofece resolverá conforme a derecho.

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La Cofece emplazó a diversos agentes económicos y personas físicas al encontrar evidencia de una probable colusión para fijar, elevar, concertar o manipular el precio de venta en el mercado de expendio al público de gasolinas y diésel en estaciones de servicio en el territorio nacional.

La investigación tramitada bajo el expediente DE-009-2019, concluyó el 25 de agosto de 2022. Al respecto, la Autoridad Investigadora señaló en su dictamen de probable responsabilidad que tuvo conocimiento de hechos que posiblemente derivaron en la realización de prácticas monopólicas absolutas (PMA) previstas en el artículo 53, fracción I, de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).

Con este emplazamiento inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio a cargo de la Secretaría Técnica de la Comisión, en el que los probables responsables podrán manifestar lo que a su derecho convenga, ofrecer pruebas relacionadas con las presuntas imputaciones hechas en su contra y presentar alegatos. Una vez desahogado el procedimiento, el Pleno de la Cofece resolverá conforme a derecho.

A diversos agentes económicos y personas físicas por posible manipulación de precios en el expendio al público de diésel marino

La Cofece emplazó a diversos agentes económicos y personas físicas al encontrar evidencia de una probable colusión para fijar, elevar, concertar o manipular el precio de venta en el mercado del expendio al público de diésel marino en estaciones de servicio en el territorio nacional.

La investigación de este asunto, tramitada bajo el expediente DE-029-2019, concluyó el 27 de octubre de 2022, y en su dictamen de probable responsabilidad la Autoridad Investigadora señaló que tuvo conocimiento de hechos que posiblemente derivaron en la realización de PMA previstas en el artículo 53, fracción I, de la LFCE.

Con este emplazamiento inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio, a cargo de la Secretaría Técnica de la Comisión, en el que los probables responsables podrán manifestar lo que a su derecho convenga, ofrecer pruebas relacionadas con las presuntas imputaciones hechas en su contra y presentar alegatos. Una vez desahogado el procedimiento, el Pleno de la Cofece resolverá conforme a derecho.

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La Cofece emplazó a diversos agentes económicos y personas físicas al encontrar evidencia de una probable colusión para fijar, elevar, concertar o manipular el precio de venta en el mercado del expendio al público de diésel marino en estaciones de servicio en el territorio nacional.

La investigación de este asunto, tramitada bajo el expediente DE-029-2019, concluyó el 27 de octubre de 2022, y en su dictamen de probable responsabilidad la Autoridad Investigadora señaló que tuvo conocimiento de hechos que posiblemente derivaron en la realización de PMA previstas en el artículo 53, fracción I, de la LFCE.

Con este emplazamiento inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio, a cargo de la Secretaría Técnica de la Comisión, en el que los probables responsables podrán manifestar lo que a su derecho convenga, ofrecer pruebas relacionadas con las presuntas imputaciones hechas en su contra y presentar alegatos. Una vez desahogado el procedimiento, el Pleno de la Cofece resolverá conforme a derecho.

PROMOCIÓN A LA COMPETENCIA

Fomenta Cofece la generación de talento en competencia económica en MootComp 2022

Con el objetivo de fomentar el análisis práctico de casos hipotéticos relacionados con las atribuciones de las autoridades encargadas de proteger el proceso de competencia y libre concurrencia, y así generar talento profesional en materia de competencia económica, la Cofece fue sede de las rondas finales y clausura de la sexta edición de MootComp. En esta ocasión participaron en el concurso estudiantes de Derecho y Economía, de 30 universidades de México, Chile, Colombia y Perú, resolviendo un caso ficticio de prácticas monopólicas en el sector textil de forma escrita y a través de audiencias orales frente a destacados profesionistas y académicos.

Este ejercicio internacional se realizó como un esfuerzo conjunto de diversas instituciones de América Latina por brindar a futuros abogados y economistas una experiencia única en su vida profesional. En el evento fungieron como jueces, la comisionada presidenta en suplencia por vacancia de la Cofece, Brenda Gisela Hernández Ramírez; la gerente directora de Games Economics, Elisa Mariscal; el socio de Barros & Errázuriz Abogados, Francisco Bórquez, y el director jurídico adjunto de América Móvil, Ernesto Leyva Pedrosa.

Los estudiantes ganadores del MootComp 2022 recibieron como premio un seminario intensivo en materia de competencia económica impartido por una reconocida institución académica de México; además de becas para posgrados en diferentes universidades de Latinoamérica y pasantías en algunos de los mejores despachos de la región, todo ello con el objetivo de impulsar sus estudios y carrera profesional en materia de competencia económica.

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Con el objetivo de fomentar el análisis práctico de casos hipotéticos relacionados con las atribuciones de las autoridades encargadas de proteger el proceso de competencia y libre concurrencia, y así generar talento profesional en materia de competencia económica, la Cofece fue sede de las rondas finales y clausura de la sexta edición de MootComp. En esta ocasión participaron en el concurso estudiantes de Derecho y Economía, de 30 universidades de México, Chile, Colombia y Perú, resolviendo un caso ficticio de prácticas monopólicas en el sector textil de forma escrita y a través de audiencias orales frente a destacados profesionistas y académicos.

Este ejercicio internacional se realizó como un esfuerzo conjunto de diversas instituciones de América Latina por brindar a futuros abogados y economistas una experiencia única en su vida profesional. En el evento fungieron como jueces, la comisionada presidenta en suplencia por vacancia de la Cofece, Brenda Gisela Hernández Ramírez; la gerente directora de Games Economics, Elisa Mariscal; el socio de Barros & Errázuriz Abogados, Francisco Bórquez, y el director jurídico adjunto de América Móvil, Ernesto Leyva Pedrosa.

Los estudiantes ganadores del MootComp 2022 recibieron como premio un seminario intensivo en materia de competencia económica impartido por una reconocida institución académica de México; además de becas para posgrados en diferentes universidades de Latinoamérica y pasantías en algunos de los mejores despachos de la región, todo ello con el objetivo de impulsar sus estudios y carrera profesional en materia de competencia económica.

DEFENSA ANTE EL PODER JUDICIAL

Niega Poder Judicial amparo a persona física que se inconformó en contra de determinación del Pleno de la Cofece en el expediente IO-003-2015

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República (Juzgado Primero), confirmó la negativa del amparo interpuesto por una persona física en contra de la resolución emitida por el Pleno de la Cofece dentro del expediente IO-003-2015, mediante la cual se multó a diversos agentes económicos y personas físicas por la realización de PMA en el mercado de servicios de administración de fondos para el retiro (Afores).

En 2015, la Cofece inició una investigación por la probable realización de PMA en el mercado de prestación de servicios de Afores en territorio nacional. Una vez concluido el procedimiento, el Pleno emitió la resolución en la cual acreditó la responsabilidad y sancionó a diversos agentes económicos y personas físicas que actuaron en su representación, por la comisión de la PMA prevista en el artículo 9, fracción III de la LFCE.

Una de las personas físicas sancionadas promovió un juicio de amparo en contra de tal resolución. El juicio de amparo fue del conocimiento del Juzgado Primero, el cual determinó:

  1. Sobreseer en el amparo, por una parte;
  2. Negar por otra parte, al considerar que la práctica monopólica estaba acreditada y que existían pruebas suficientes para acreditar que el quejoso tuvo pleno conocimiento de los acuerdos colusorios y acordó la parte final de los mismos; y,
  3. Conceder el amparo para que, entre otras cosas, se impusiera al quejoso una multa por el importe que resultara de cuantificar el daño al mercado, únicamente considerando el tiempo en el cual esta persona participó en la PMA.

Dicha determinación fue confirmada por el Juzgado Primero, por lo que, en cumplimiento, el Pleno de la Cofece emitió una nueva resolución en la que se reiteró todo lo que no fue materia del amparo y realizó el ajuste indicado por el Poder Judicial de la Federación.

En contra de esa nueva resolución, la persona física promovió otro juicio de amparo, el cual fue del conocimiento del Juzgado Primero, quien emitió sentencia en el sentido de negar el amparo a la quejosa, al considerar que sí se había justificado el cálculo del daño causado al mercado, acorde con la participación del quejoso; determinación que fue confirmada por el Primer Tribunal Colegiado, por lo que quedó firme la acreditación de la PMA y la multa impuesta al quejoso.

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El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República (Juzgado Primero), confirmó la negativa del amparo interpuesto por una persona física en contra de la resolución emitida por el Pleno de la Cofece dentro del expediente IO-003-2015, mediante la cual se multó a diversos agentes económicos y personas físicas por la realización de PMA en el mercado de servicios de administración de fondos para el retiro (Afores).

En 2015, la Cofece inició una investigación por la probable realización de PMA en el mercado de prestación de servicios de Afores en territorio nacional. Una vez concluido el procedimiento, el Pleno emitió la resolución en la cual acreditó la responsabilidad y sancionó a diversos agentes económicos y personas físicas que actuaron en su representación, por la comisión de la PMA prevista en el artículo 9, fracción III de la LFCE.

Una de las personas físicas sancionadas promovió un juicio de amparo en contra de tal resolución. El juicio de amparo fue del conocimiento del Juzgado Primero, el cual determinó:

  1. Sobreseer en el amparo, por una parte;
  2. Negar por otra parte, al considerar que la práctica monopólica estaba acreditada y que existían pruebas suficientes para acreditar que el quejoso tuvo pleno conocimiento de los acuerdos colusorios y acordó la parte final de los mismos; y,
  3. Conceder el amparo para que, entre otras cosas, se impusiera al quejoso una multa por el importe que resultara de cuantificar el daño al mercado, únicamente considerando el tiempo en el cual esta persona participó en la PMA.

Dicha determinación fue confirmada por el Juzgado Primero, por lo que, en cumplimiento, el Pleno de la Cofece emitió una nueva resolución en la que se reiteró todo lo que no fue materia del amparo y realizó el ajuste indicado por el Poder Judicial de la Federación.

En contra de esa nueva resolución, la persona física promovió otro juicio de amparo, el cual fue del conocimiento del Juzgado Primero, quien emitió sentencia en el sentido de negar el amparo a la quejosa, al considerar que sí se había justificado el cálculo del daño causado al mercado, acorde con la participación del quejoso; determinación que fue confirmada por el Primer Tribunal Colegiado, por lo que quedó firme la acreditación de la PMA y la multa impuesta al quejoso.

LECTURA RECOMENDADA

Cuarto Informe Trimestral 2022. Conoce las principales actividades de la Comisión entre octubre y diciembre

En un contexto de recuperación económica resulta fundamental impulsar mejores condiciones de competencia en los mercados, con el objetivo de incrementar el bienestar de las familias mexicanas. Las actividades llevadas a cabo por la Cofece entre octubre y diciembre de 2022 contribuyen a tal fin y se hacen del conocimiento de la sociedad en este último ejercicio de rendición de cuentas del año.

2022 fue un año de trabajo arduo para la Cofece, lo que se tradujo en resoluciones importantes en beneficio de los consumidores. La Comisión está convencida de que allegar el bienestar a más hogares mexicanos a través de la eficiencia de los mercados es una labor que requiere de actuaciones robustas de manera permanente. Bajo tal consideración, esta autoridad de competencia concluye el ejercicio de reporte y se prepara para un año que traerá consigo nuevos desafíos.

NUMERALIA
NUMERALIA

En enero, la Comisión atendió 114 asuntos, de los cuales 64 corresponden a concentraciones, 31 a procedimientos por prácticas monopólicas y concentraciones prohibidas, 6 a procedimientos especiales y 13 a opiniones a procesos de licitaciones, concesiones o permisos.

Denuncias, investigaciones y procedimientos seguidos en forma de juicio

  • Se recibió 1 denuncia por conductas anticompetitivas, que se agregó a las 5 pendientes del periodo anterior. De estas, 3 fueron desechadas y 1 derivó en el inicio de una investigación, por lo que al término del periodo 2 denuncias continúan en análisis.
  • Se dio seguimiento a 20 investigaciones por prácticas monopólicas, 1 de las cuales inició en el periodo, derivado de una denuncia.
  • Se atendieron 5 procedimientos seguidos en forma de juicio, de los cuales 2 iniciaron en el periodo en los mercados de diésel marino y estaciones de servicio en el territorio nacional.
  • Continúan en proceso 5 procedimientos por barreras a la competencia.
  • Se dio seguimiento a 1 investigación para determinar si existen condiciones de competencia efectiva en el transporte marítimo de pasajeros y carga rodada en Baja California Sur.

Concentraciones

  • Se revisaron 64 concentraciones, de las cuales 9 fueron autorizadas y 6 cerradas, por lo que al término del periodo 49 concentraciones continúan en análisis.1
  • El monto de las operaciones autorizadas es de $849,805.2 millones de pesos.

Juicios de amparo

  • Durante enero, el Poder Judicial resolvió 8 juicios de amparo: 4 fueron otorgados y 4 fueron sobreseídos.2 Al término del periodo continúan en proceso 477 juicios, de los cuales 399 corresponden a la materia de competencia económica.
1. Los expedientes de las concentraciones autorizadas son: CNT-090-2022 (Trade Corporation International, S.A.U., Rovensa, S.A., Banco Invex, S.A., Institucion De Banca Múltiple e Invex Grupo Financiero), CNT-092-2022 (Tampa Cargo S.A.S. y Aero Transportes de Carga Union, S.A. de C.V.), CNT-137-2022 (Repsol, S.A. y Breakwater Energy Holdings S.A.R.L.), CNT-139-2022 (Schema Beta S.P.A., Edizione S.P.A. y Dufry AG), CNT-140-2022 (Firmenich International S.A. y Danube AG), CNT-148-2022 (Sherfam, Inc./Artemis Parent, Inc.), CNT-151-2022 (Hokchi Energy, S.A. de C.V. y E&P Hidrocarburos y Servicios, S.A. de C.V.), CNT-165-2022 (Grupo Financiero Citibanamex, S.A. de C.V. y Deutsche Mexico Holdings S.A.R.L.) y CNT-166-2022 (Grupo Elektra, S.A.B. de C.V./Best Buy International Finance, S.A.R.L.).
2. De los cuales se informa que el órgano jurisdiccional que resolvió en definitiva y el número de expediente, de los juicios de amparo otorgados son: Juzgado Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México, 2550/2019; Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México, 1115/2019; Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, R.A. 12/2020, y Primer Tribunal Colegiado de Circuito en materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, R.A. 154/2021; de los juicios de amparo sobreseídos son: Primer Tribunal Colegiado de Circuito en materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, R.A. 62/2022; Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México, 316/2020; Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México, 316/2020, y Juzgado Primero de Distrito en materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, 227/2022.