COFECE-038-2018

Ciudad de México, 27 de septiembre de 2018

Dictamina Autoridad Investigadora la existencia de barreras a la competencia en los servicios portuarios para graneles agrícolas en Puerto Progreso, Yucatán

  • Al concluir la etapa de investigación, se encontró que en el Puerto solo existe un operador de la terminal especializada para granel agrícola, Multisur, cuyo poder de mercado genera efectos anticompetitivos que podrían dañar a usuarios y consumidores.
  • Multisur extiende el poder de mercado que tiene en la descarga de granel agrícola a los servicios de intermediación de transporte marítimo, cuyas tarifas son 21% más altas respecto a las que se negocian con las navieras.
  • El dictamen preliminar de esta investigación propone una serie de medidas y recomendaciones para contrarrestar los efectos anticompetitivos.
  • Con el dictamen inicia la segunda etapa de este procedimiento, en el que las partes con interés podrán manifestar lo que a su derecho convenga.
puertoprogreso-chica

La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) determinó, de manera preliminar, la inexistencia de condiciones de competencia efectiva en los servicios portuarios de maniobra para la descarga de graneles agrícolas en Puerto Progreso, Yucatán, lo que podría generar un daño económico a los usuarios del puerto que movilizan granel agrícola y a los consumidores finales.

El granel agrícola es la segunda carga con mayor movimiento en Puerto Progreso, el cual es un nodo logístico y estratégico para el comercio y abastecimiento industrial, así como agropecuario de Yucatán, Quintana Roo y Campeche.

Esta investigación (expediente IEBC-002-2016) fue iniciada por la Autoridad Investigadora de la COFECE en noviembre de 2016, pues contaba con indicios para suponer la falta de condiciones de competencia por la posible existencia de barreras a la competencia en los servicios portuarios, de transporte marítimo y transporte terrestre para la importación de granel agrícola en Puerto Progreso (mercado investigado).

Durante la indagatoria, la Autoridad Investigadora determinó preliminarmente que Multisur, único operador de la terminal especializada para granel agrícola en Puerto Progreso, y empresas relacionadas, generan las siguientes barreras a la competencia: i) abuso del control absoluto que Multisur tiene sobre la descarga de granel agrícola, lo que le permite extender su poder de mercado al servicio de intermediación marítima, ii) hay asimetrías de información respecto a la prestación del servicio de maniobra de descarga de granel agrícola, que inhibe la entrada de otros participantes y iii) un esquema de tarifas de maniobra asociadas a referentes históricos y no a costos reales del servicio.

Estas barreras a la competencia producen efectos anticompetitivos en el mercado investigado, entre los que se encuentran:

  • Multisur y empresas relacionadas presuntamente informan ritmos de descarga de granel inferiores a los que realmente se realizan. Es decir, se simulan demoras en la descarga de los buques, que les da una ventaja competitiva, al permitirles negociar mejores tarifas de transporte marítimo.
  • La inexistencia de información veraz sobre el servicio que ofrecen Multisur y empresas relacionadas inhibe la participación de otros intermediarios marítimos o brokers que podrían generar presión competitiva.
  • Las tarifas de transporte marítimo ofrecidas a través de los brokers relacionados con Multisur son, en promedio, 21% más altas que las negociadas con el naviero.
  • Los usuarios que contratan todos los servicios con Multisur y las empresas relacionadas no obtienen beneficios en las tarifas de maniobra por factores como volumen o costos. Por ejemplo, usuarios que importan el mismo volumen de granel agrícola pagan tarifas de maniobras distintas sin justificación.

Para eliminar las barreras a la competencia detectadas, la Autoridad Investigadora propone en su dictamen preliminar al Pleno de la COFECE, la imposición de las siguientes medidas:

  • Contratar a expertos imparciales que deberán realizar un estudio para determinar los ritmos de descarga reales que se pueden alcanzar en Puerto Progreso durante la maniobra de descarga de granel agrícola, que permita a la Administración Portuaria Integral Progreso (API Progreso), el seguimiento correcto de los ritmos del servicio de descarga.
  • Establecer la obligación de pagar una remuneración a los usuarios cuando el ritmo de descarga que realice Multisur no cumpla con los niveles establecidos por las autoridades portuarias.
  • Publicar semanalmente los Estados de Hechos de cada barco de granel agrícola que utilizó los servicios de maniobra de descarga a fin de dar publicidad a los ritmos de descarga reales.
  • Modificar a la baja las tarifas cobradas por la maniobra de descarga de granel agrícola, para que sean acordes a los costos reales de la operación y a los estándares internacionales.

Adicional a las medidas propuestas, la Autoridad Investigadora plantea una serie de recomendaciones a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a la API Progreso para asegurar el cumplimiento de las medidas establecidas a Multisur y empresas relacionadas.

Con la publicación de este dictamen preliminar se pasa a la segunda etapa del procedimiento, en el que las partes con interés podrán manifestar lo que a su derecho convenga. Al término de esta, será el Pleno de la COFECE quien resuelva al respecto.

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